Quién paga la luz de los okupas

¿Quién paga la factura de la luz cuando hay okupas?

Recientemente, y como consecuencia de la ausencia de una legislación clara, el tema centrado en el pago de la luz eléctrica por parte de los okupas ha cobrado un relevancia especial. Esto ha motivado una gran controversia entre las personas implicadas, lo que ha generado una gran incertidumbre y preocupación.

¿Qué se entiende por okupa?

La okupación consiste en la ocupación de una vivienda por personas que no están legitimadas para hacerlo, es decir, sin contar con el permiso de sus dueños allanando la propiedad privada y violando dicho derecho .

En muchos casos estas personas pueden llegar a ser desconocidas que logran acceder a un inmueble mediante daños, fraudes o amenazas. No obstante, hay ocasiones en que los mismos propietarios les abren las puertas a los llamados okupas.

Ver másCuáles son los derechos de los okupas

¿Cómo se abonan los suministros?

De acuerdo a lo establecido en la ley 50/1995, de 5 de diciembre, de ordenación de los suministros de energía eléctrica, corresponde a los titulares o propietarios la potestad de contratar los suministros eléctricos. Por tanto, deberán abonar los recibos de los mismos.

Ventajas y desventajas del pago de la luz por parte de los okupas

VentajasDesventajas
El okupa podría casi costear por completo el gasto originado por el suministro de luz eléctrica.Algunos propietarios podrían abusar de esta situación dejando de pagar lo que les corresponde.
Da lugar a una mayor tranquilidad para el propietario que, una vez realizado el contrato, no tendría que preocuparse por los pagos de la luz eléctrica.En el caso de los desalojos el propietario podría encontrarse con una gran cantidad de recibos impagados.

Conclusión

A pesar de que no hay una legislación específica para este asunto, las entidades a cargo de los suministros eléctricos suelen estimar que la responsabilidad se presenta "shared", es decir, compartida entre el propietario y el okupa. Por tanto, los recibos de la luz eléctrica deben ser abonados por ambas partes. No obstante, en caso de impago, desalojos o cualquier otra circunstancia, el propietario será el responsable de los pagos.

Recomendaciones finales

Por último, consideramos que es importante señalar algunas recomendaciones que puedan resultar útiles:

Ver másCuándo no procede el desalojo
  • En caso de duda, los propietarios deben acudir a un especialista en leyes de okupación. De esta forma, se garantizará que se realicen todos los pasos necesarios para evitar el mal uso de la ley.
  • En ningún caso se debe permitir la entrada de personas en una vivienda sin previo conocimiento.
  • Es importante tener en cuenta que cualquier inmueble okupado, cuenta con distintas responsabilidades.
  • Para contratar el suministro eléctrico es necesario disponer de un contrato de arrendamiento, y no basta con frecuentar el inmueble.
  • Es recomendable recurrir a EcoServicios para contratar servicios de vaciado, desalojo o limpieza post ocupación de un inmueble o vivienda.

En conclusión, el tema en torno al pago de la luz de los okupas es un asunto que requiere un análisis profundo, pues se pueden generar distintas situaciones que planteen ciertas dudas a la hora de establecer cual es la otra parte correspondiente. Por ello, es importante tener presente todos los antecedentes para así determinar una solución.

Autor: EcoServicios

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Índice
  1. ¿Quién paga la factura de la luz cuando hay okupas?
    1. ¿Qué se entiende por okupa?
    2. ¿Cómo se abonan los suministros?
    3. Ventajas y desventajas del pago de la luz por parte de los okupas
    4. Conclusión
    5. Recomendaciones finales

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